Decreto 619-12 que Declara Emergencia para las Compras y Contrataciones Relacionadas con los Daños Causados por la Tormenta Sandy
27 octubre 2012
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Decreto 619-12
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1.- Se modifica el Artículo 2 del Decreto No 618-12, de fecha 25 de Octubre de 20012, para que rija del modo siguiente:
«ARTÍCULO 2.- Se libera del procedimiento ordinario establecido en la Ley núm. 340-06, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones y sus modificaciones, contenidas en la Ley 449-06 y su Reglamento de Aplicación No. 543-12, del 6 de septiembre de 2012, a las siguienes instituciones: Ministerio de las Fuerzas Armadas, Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), Ministerio de Educación, Ministerio de Turismo, Ministerio de Agricultura, Ministerio de Salud Pública, Ministerio Administrativo de la Presidencia, Programa de Medicamentos Escenciales (PROMESE-CAL), Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI), Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA), Coorporación de Acueductos y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD), Plan de Asistencia Social de la Presidencia, Comedores Económicos del Estado Dominicano, Instituto Nacional de la Vivienda (INVI), Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Provincial y la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado, para contrarrestar los efectos ocasionados por los torrenciales aguaceros dejados por las vaguadas y tormentas preindicadas.»
ARTÍCULO 2.- Envíese a las instituciones mencionadas precedentemente, a la Dirección General de Contrataciones Públicas, a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de octube del año dos mil doce (2012), años 169 de la Independencia y 150 de la Restauración.
DANILO MEDINA