Leyes, Decretos y Normas Vinculadas al SNCCP

Son disposiciones emanadas por los órganos constitucionales correspondientes (Poder Legislativo y Poder Ejecutivo) que establecen y perfeccionan el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas, en base a su correcta aplicación

Esta resolución establece la integración automática entre el Módulo de Gasto del Sistema Integrado de la Gestión Financiera (SIGEF) y el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP)-Portal Transaccional, con el objetivo de automatizar las disposiciones del Decreto núm. 15-17, sobre control del gasto público derivado de los procedimientos de contratación pública, específicamente, en las etapas del gasto tipo preventivo y compromiso, así como el registro, por parte de la institución contratante, de la factura que da lugar al devengado de pago.
Ley No. 340­-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras con nuevo Reglamento de Aplicación aprobado mediante el decreto 416-23.
Ley No. 340­-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones con modificaciones de Ley 449­-06.
En este enlace se encuentra el Documento Reglamento No. 543-12 de la Aplicación de la Ley No. 340-06.
Documento con el Reglamento No. 490-07 de Aplicación de la Ley No. 340-06. - pdf - 564 kb


El Decreto 470-23 declara de interés la promoción e innovación mediante compras públicas estratégicas por parte de los entes y órganos de la Administración pública, con el objetivo de eficientizar el gasto público e impulsar la obtención de mejores condiciones económicas para el Estado dominicano en las contrataciones públicas.
Decreto 416-23 que aprueba el nuevo reglamento de aplicación de la Ley 340-06 de Contrataciones Públicas, el cual sustituye el reglamento 543-12 e integra en la nueva normativa los decretos emitidos relacionados con las contrataciones públicas, así como las políticas y decisiones de las acciones administrativas adoptadas por el órgano rector en los últimos doce años. Este nuevo reglamento, a excepción del artículo 252 y su párrafo, entrará en vigencia a los seis meses a partir de su promulgación.
Autoriza a 21 instituciones del Estado a realizar procesos de compras y contrataciones de bienes, servicios y obras a través de la excepción de emergencia nacional para ser utilizadas en las labores de rescate, construcción y reconstrucción de las obras como consecuencia de los daños ocasionados por los torrenciales aguaceros caídos el viernes 4 de noviembre de 2022 en el Distrito Nacional y la provincia Santo Domingo.
Se declara de interés nacional la promoción de las compras públicas sostenibles e inclusivas, entendidas como la adquisición de bienes, obras y servicios por parte de las instituciones del Estado, que a la vez generan un menor impacto sobre el medio ambiente y maximizan los impactos socioeconómicos.
Instruye a las instituciones públicas adquirir productos agrícolas crudos priorizando en las compras por debajo del umbral, a los pequeños agricultores familiares y asociaciones o cooperativas integradas por estos, considerando que el volumen de cosecha de estos agricultores no es competitivo en los procedimientos de gran escala.
Traza las pautas para la creación y constitución de las comisiones de seguimiento desde un enfoque participativo, con la integración de ciudadanos y representantes de la sociedad civil, a solicitud o por iniciativa de la ciudadanía que muestre interés, con el objetivo de observar, vigilar y monitorear los procesos de contrataciones en aquellas instituciones y comunidades donde fueren integrados.
Establece el uso obligatorio del Portal Transaccional para todos los órganos y entes sujetos al ámbito de aplicación de la Ley No. 340-06 y su modificación.

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