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Sobre la adquisición de pintura para las escuelas

29 abril 2014

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Santo Domingo, RD.- La Dirección General de Contrataciones Públicas precisa que la compra de pinturas para las escuelas no cae dentro del ámbito de aplicación  de la Ley 340-06 y sus modificaciones, pues esta adquisición la realizan los ingenieros, arquitectos y empresas del sector construcción que han sido adjudicados de forma transparente y en igualdad de oportunidades en los sorteos de obras realizados por el Ministerio de  Educación, con lo cual el Presidente Medina cumplió su palabra de democratizar la adjudicación de obras.

Según informaciones que recoge la prensa, el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) ha establecido en un Reglamento que los profesionales del sector construcción adjudicados de las escuelas deben utilizar dos marcas específicas de pintura, y de ser así, lo anterior no constituye una violación a la Ley de Compras y Contrataciones, pues no se trata de un proceso  de adquisición a cargo de la institución. En este caso, lo que si debe observar la institución al igual que toda la administración, es  que se respete el principio de igualdad al momento de adoptar cualquier decisión, tal y como    establece la Constitución  de la República y la Ley Orgánica de Administración Pública.

Dicho lo anterior,  cabe destacar que en los procesos de compras y contrataciones ejecutados por las instituciones que no es el caso, no está permitido  establecer marcas. En el caso específico del rubro de pintura, el color  debe ser  seleccionado mediante una carta  de uso universal que se conoce como Pantone, un  sistema de control de color  que data de los años 60s,  que asegura  que el color sea el que se elija y no otro.

En el caso específico del Reglamento del MOPC, la entidad para asegurar que el color  de las escuelas sea homogéneo, debe seleccionar el color  de la carta Pantone, y también asegurar que los contratistas cumplan con  criterios de calidad en  la pintura que apliquen incluyendo entre otras características, espesor, viscosidad, adherencia,  brillo y flexibilidad, pues de ello depende el tiempo que dure la pintura antes que necesite una nueva aplicación. Este costo, al igual que el de cualquier material, debe ser considerado al momento de realizar los presupuestos, sobre todo en los sorteos donde es la administración la que entrega el presupuesto de la obra.

La sociedad dominicana puede estar segura de que el proceso de reforma y modernización que se está ejecutando en el Sistema Nacional de Compras Públicas (SNCP), es un esfuerzo serio y sostenido. Sin embargo, todos debemos estar conscientes de que los procesos de adquisiciones requieren de un expertice técnico que todas las instituciones estamos adquiriendo sobre la marcha y que ya empieza a dar sus frutos.  Utilizar las vías institucionales para canalizar cualquier reclamo, también es necesario dentro de este proceso de cambio, por lo que la Dirección de  Contrataciones Públicas reitera que las puertas de la institución se encuentran abiertas para todos los actores ante cualquier duda, lo que contribuirá en el   corto, mediano y largo plazo, a  fortalecer el Sistema, a mejorar  la calidad del gasto, y sobre todo a que las personas tengamos acceso a obras, bienes y servicios de calidad, tal y como lo establece nuestra Carta Magna.

 

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